30 de octubre de 2025

Hon. MigdaliaPadilla Presidenta

Comisión de HaciendaSenado de Puerto Rico

 

Hon. Thomas RiveraSchatz Presidente

Senado de PuertoRico

e: P. del S. 488

Estimado señor Presidente: 

Reciba un saludo cordial a nombre de nuestros socios, nuestra Junta deDirectores y del mío propio. La Asociación de Constructores de Puerto Rico (ACPR) somete su posición respecto al Proyecto delSenado 488, titulado: 

“Para añadir la Sección 1023.26 a la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como el ‘Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011’, con el finde establecer una contribución especial sobre ingresos de intereses, dividendos y ganancias de capital a largo plazo; y para otros fines relacionados”.

Si bien coincidimos con el objetivo general de promoverla inversión y el desarrollo económico, entendemos que la medida requiere ciertos ajustes para que su efecto sea verdaderamente incentivar que los residentes de PuertoRico inviertan más localmente y contribuyan al desarrollo económico de la Isla.A su vez, debe evitarse que se distorsione el propósito de la Ley 60-2019, según enmendada, cuyo fin es atraer capital nuevo y fomentar la relocalización de inversionistas no residentes mediante requisitos de inversión y compromiso con Puerto Rico.

De no atenderse adecuadamente, el proyecto podría crear un mecanismo alterno que permita a no residentes mudarse a la Isla únicamente para beneficiarse del incentivo, sin cumplir con las exigencias de inversión, donativos y residencia establecidas por la Ley60-2019.

La medida dispone que los contribuyentes elegibles para la tasa especial del 4% sobre intereses, dividendos y ganancias de capital serían individuos, sucesiones y fideicomisos. Nos preguntamos por qué se excluye a las corporaciones u otras personas jurídicas, cuando muchas de ellas también son vehículos legítimos de inversión en Puerto Rico.

Cabe destacar que esta tasa reducida de 4% aplicaría sobre los mismos tipos de activos definidos en la Ley 60-2019 como valores y otros activos, incluyendo instrumentos financieros, commodities, monedas y activos digitales basados en blockchain. Sin embargo, mientras la Ley 60 ofrece una tasa de 0% bajo el marco de decreto y con requisitos de inversión, este proyecto propone un beneficio automático al 4%, sin esas condiciones.

Nuestra principal preocupación es que la medida pueda permitir a potenciales inversionistas elegibles optar por este tratamiento contributivo especial sin necesidad de acogerse a la Ley 60-2019, evadiendo así las obligaciones que la política pública actual impone para garantizar una aportación real al desarrollo de Puerto Rico.

De igual modo, para ser equitativos con los contribuyentes residentes que no poseen decretos, sugerimos evaluar la posibilidad de extender la tasa preferencial a todo tipo de ganancia de capital generada por individuos o contribuyentes en Puerto Rico, incentivando la inversión productiva local.

Recomendamos, respetuosamente, que se incluyan en el proyecto las definiciones y conceptos de la Ley 60-2019, a fin de mantener coherencia con nuestro marco legal y la política pública vigente. Adjuntamos como Anejo A un resumen de enmiendas sugeridas.

De otra parte, respaldamos plenamente el P. de la C. 505, que extiende hasta el año 2055 los beneficios del programa de inversionistas residentes bajo la Ley 60-2019. Esta medida ha demostrado resultados positivos durante la última década al atraer capital, generar actividad económica y crear empleos, garantizando a su vez certeza jurídica mediante la estructura de decreto.

En conclusión, la ACPR podría favorecer el P. del S. 488, sujeto a que se atiendan las preocupaciones y recomendaciones aquí expuestas, de modo que la medida complemente —y no desvirtúe— la política pública establecida por la Ley 60-2019. Ambas iniciativas, correctamente armonizadas, fortalecerían el marco contributivo y de incentivos que ha probado ser efectivo para atraer capital, promover la inversión local y fomentar un desarrollo económico sostenible para Puerto Rico.

Nos reiteramos a su disposición para continuar colaborando con usted, la Asamblea Legislativa y la presente Administración en todos los temas relacionados al desarrollo socioeconómico de Puerto Rico.

Atentamente,

ASOCIACION DE CONSTRUCTORES DE PR

Sr. Agustín Rojo

Presidente